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La
conservación de la salud física y mental constituye
una responsabilidad individual, independientemente de las acciones
establecidas dirigidas a la preservación del ciudadano,
ya que representa un deber cívico para la sociedad, dando
la posibilidad de alcanzar una vejez sana y a su vez, un estilo
de vida que será el legado para la juventud.
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Por
estilo de vida entendemos la adopción de un patrón
conductual que refleja un estado vivencial, influido por las normas
de convivencia y condiciones socioeconómicas bajo las que
se desarrolla el ámbito de vida de la persona singular,
existiendo una coincidencia general expresada en “...cuanto
antes se defina el modelo de vida, más difícil es
cambiarlo...
Por
tanto, la forma física definiría el estado, entre
los marcos de la actuación, que con un mínimo gasto
energético, físico o mental, permite resultados
superiores a muy corto plazo, propicia el mantenimiento prolongado
y sostenido de la actividad, con incremento de la economía
en esfuerzos hasta un óptimo sostenido, sin constituir
una sobrecarga perjudicial para la salud, y de la que emana un
sentimiento de bienestar, al ser conscientes de sobrepasar estados
anteriores inferiores.
Evidentemente
el estilo de vida propicia la forma física, dado que los
patrones conductuales adoptados se reflejan en la actitud física
desarrollada, por tanto ella es resultado de la convergencia de
diversos factores, entre los que se destacan: los hábitos
alimentarios y la práctica de ejercicios físicos.
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